Desde hace años el Sindicato de Enseñanza E Intervención Social de CNT Madrid lleva a cabo una campaña contra las becas de colaboración para dignificar a quienes la sufren y para denunciar los efectos laborales y sociales de esta práctica empresarial e institucional. Así denunciamos cómo las becas carecen de la función que se les presupone y son, simplemente, un modelo de contratación que convierte a las universidades en ETT, a veces, incluso, más baratas (y, por tanto, más explotadoras) que las originales. A través de esta lucha denunciamos cómo quienes consiguen esas becas pierden todos sus derechos: defensa, cotización o salarios; y cómo todo ese proceso está consiguiendo que trabajos que antes realizaba una persona contratada (o trabajos que han surgido y debería realizar una persona con su contrato fijo) se realicen por medio de este método: la beca.
En la CNT ya conocemos casos en los que se han ganado (Concello de Baiona) y en los que hemos ganado (UCM, UAH, Millard Brown, UCM) a universidades y empresas el reconocimiento como relación laboral. Y con este comunicado queremos seguir animando a la lucha contra este modelo de explotación mostrando un nuevo caso contra la Universidad Autónoma de Madrid que ha estado en manos del gabinete jurídico de nuestra Federación Local:
– A un estudiante de un posgrado de Arqueología le dan una beca. En este punto no hacen falta aclaraciones.
– Esta beca se desarrolla en el Departamento de Comunicación, siendo su trabajo principal editar material como vídeos de actos en la universidad. La UAM entiende que esas tareas eran “compatibles con sus estudios” de Arqueología, que son parte de un plan formativo de una carrera de Humanidades.
– La persona que estaba contratada en dicho departamento se tuvo que dar de baja, quedando todo el trabajo en manos del trabajador que la universidad contrata bajo la fórmula de becario. Todas las tareas, durante el tiempo que duró la baja, tuvo que llevarlas este trabajador. Eso sí, en este punto la universidad al menos no alegó un proceso de autoformación o algo similar.
– Gracias a la campaña, este trabajador (insistimos: contratado bajo la fórmula de becario) entra en contacto con nuestro equipo jurídico y se interpone la correspondiente demanda judicial. Del juicio nos parece interesante destacar estas frases:
“De ahí que la clave para distinguir entre beca y contrato de trabajo sea que la finalidad perseguida en la concesión de becas no estriba en beneficiarse de la actividad del becario, sino en la ayuda que se presta en su formación” , es decir, que becaria es la persona que recibe una formación, no aquella que desempeña un trabajo mal remunerado y sin ningún tipo de derecho laboral.
“Las labores encomendadas al becario deben estar en consonancia con la finalidad de la beca y, si no es así y las tareas que se le ordena realizar integran los cometidos propios de una categoría profesional, la relación entre las partes será laboral” , es decir, que las tareas deben tener relación directa con los estudios que se cursan, de otro modo se dejaría de tener una beca para tener un contrato laboral.
– Más allá de los aspectos concretos señalados la sentencia declaró probada la relación laboral que implicó: pago de las diferencias salariales, cotización a la Seguridad Social como personal laboral por todo el tiempo trabajado e indemnización por despido, es decir, 33 días por año trabajado (por considerarse un despido improcedente). Y sobre todo, este trabajador decidió que la explotación no se soluciona con resignación.
Pese a que este trabajador prefirió, en este caso, la vía judicial a la sindical, consideramos de interés este conflicto por su relación con nuestra campaña por la dignidad de las becarios. Y nos reafirma en nuestra convicción de que es necesario tomar conciencia de nuestra explotación: luchemos para conquistar derechos y movilicémonos para mantenerlos.
Frente a la explotación, anarcosindicalismo.