La UNED expedienta a la delegada sindical de CNT por, entre otras cosas, «desconsideración» en las preguntas formuladas a un directivo de Telefónica durante el desempeño de su trabajo como redactora y la «publicación» del video que contiene la entrevista en su blog personal.
En nuestro anterior comunicado afirmábamos que tan sólo dos días después de informar a la UNED sobre su embarazo, nuestra compañera, redactora del CEMAV, recibía una notificación de apertura de expediente. El 26 de septiembre fue citada para declarar como «imputada», sin todavía saber de qué se le acusaba. Hoy, parte del misterio ya ha sido desvelado, y tenemos en nuestras manos un flamante pliego de cargos que, por supuesto, ya ha sido convenientemente alegado.
Antes o después de leer los cargos, recomendamos el visionado del video de la UNED (duración de 10 minutos 51 segundos) al que se hace referencia en el pliego de cargos: «Valorando económicamente la Responsabilidad Social Corporativa», emitido el 24 y repetido el 26 de junio en La 2. Esto se puede hacer tanto en Canal UNED como en el blog personal de la expedientada, donde se encuentra incrustado desde el 7 de julio, bebiendo de la fuente original de Canal UNED que se puede ver AQUÍ. No sabemos cuantos otros blogs o personas han podido incrustar o embeber el video, descargarlo o enviar a un amigo, ya que son herramientas que ofrece la UNED a día de hoy. Pero, entonces, ¿a qué juega la Universidad con estas acusaciones?
Confiamos en la buena fe de google al indicarnos la dirección del video de Canal UNED, como cualquiera puede comprobar con tan sólo escribir en este buscador «UNED valorando», «UNED valorando económicamente» o «UNED valorando responsabilidad» y ver que aparece en los primeros resultados: EJEMPLO.
Por supuesto, queremos dejar claro que el programa, durante su fase de realización, antes del envío de las cintas a RTVE y antes de ser emitido, debe ser supervisado por los responsables del CEMAV.
Y como pequeña muestra reproducimos a continuación los párrafos más significativos de este pliego de cargos:
PRIMER CARGO. (Las sanciones que podrían ser de aplicación van desde la suspensión de empleo y sueldo con una duración máxima de 6 años al traslado forzoso o al apercibimiento).
«El 2 de junio de 2011 tuvo lugar un acto institucional de la UNED en el que participó como invitado, entre otros, D. Luis Abril, representante del Grupo Telefónica. D.ª Tania Gálvez, como redactora-locutora, realizó en el ejercicio de sus funciones una entrevista en la que incluyó una pregunta relativa al sueldo del Presidente de Telefónica y otra referida a un conflicto laboral en el seno de la misma.» (…)
«En el caso que nos ocupa, nos encontramos con unas preguntas sin relación con la materia tratada en el acto al que se ha acudido. La realización de las preguntas es una acción consciente e intencionada de la actuación dado el carácter del invitado, éste conoce que quién le interroga es una persona de la Universidad y así el cuestionario y trabajo que realiza lo identifica con la propia Institución universitaria, sintiendo que la desconsideración proviene de un representante de la UNED respecto a la que ha tenido la deferencia de participar y patrocinar; así, el hecho de que la desconsideración se realice mediante una entrevista del canal de comunicación pública de la Universidad agrava la infracción, pues no sólo se produce desconsideración, sino que el ofendido identifica el agravio, no con la interesada, sino con la UNED, provocando el daño de interés de esta institución que la norma califica como circunstancia agravante.
Esta acción resulta, además de lo expuesto, premeditada y consciente y no se da cuenta de la misma mediante consulta de su procedencia a sus superiores, impidiendo así cualquier tipo de acto por parte de éstos que evite la comisión de la misma.»
(…)
«Se le imputa la conducta desleal y contraria a la buena fe y desconsideración, ya que la entrevista realizada el 2 de junio al invitado de Telefónica en el marco de la «Jornada sobre responsabilidad social corporativa», pueden ser un acto de desconsideración hacia la persona entrevistada y la representación que ostenta y, además en lo relativo a la propia UNED, por cuanto la finalidad de las mismas son ajenas a las de la institución universitaria y directamente encaminadas a los intereses de la interesada».
¿Qué decir ante semejante sarta de… de… de pliego?
Que vivimos en un país que se supone que tiene libertad de expresión y prensa en el que no deberían existir preguntas «desconsideradas» o invitaciones a la censura previa. Por supuesto, esta libertad incluye la libertad para no contestar a las preguntas que formuló con total educación la periodista, algo que no sólo no sucedió sino que la entrevista se celebró con total normalidad por ambas partes. Las preguntas formuladas eran totalmente pertinentes y relacionadas con el concepto de Responsabilidad Social Corporativa.
CARGO SEGUNDO. (Por el que podría ser sancionada con un despido disciplinario, suspensión de empleo y sueldo con una duración máxima de 6 años, un «apercibimiento» o «cualquiera otra que se establezca por Ley»).
«A las 8:30 horas del día 6 de junio apareció en un blog personal de la interesada denominado «lasinterferencias Blog-spot» un video que recoge además del reportaje realizado con el material de la UNED otras imágenes que se añaden a este material en las que se muestran distintas personas del Sindicato CNT manifestándose contra el acto institucional celebrado por la UNED el día 2 de junio, ya referido. No existe autorización para la inclusión en el reportaje de material anexo ni existe siquiera la posibilidad alguna de consentimiento porque, tal conducta no puede ser conocida por quienes, en su caso, debieran consentirla»
(…)
«No es el hecho de criticar a la Universidad, evidentemente, el que quiebra en sí la confianza en que la trabajadora realice su trabajo conforme a los principios de buena fe, sino el incluir tal crítica y publicarla previamente y con ocultación y previo a su montaje en un reportaje que ya parece como propio de la UNED. Por lo que respecta a la difusión previa del reportaje en el «blog personal» de la interesada el artículo del EBEP dispone que es falta muy grave «la publicación o utilización indebida de la documentación o información que tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función». La utilización indebida de un material audiovisual del que es productor, quién asume la responsabilidad del mismo, esto es, la UNED, es a quien corresponde consecuentemente el derecho exclusivo de autorizar la reproducción de sus copias y la comunicación y publicación de éstas, sin perjuicio de la libre disposición que pudiera hacerse del material ya publicado por decisión de la propia UNED, es decir, a partir del 24 de junio, fecha de emisión del reportaje, todo ello conforme lo dispuesto en el artículo 120 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por ello,
Se le imputa la transgresión de la buena fe contractual con la utilización, publicación y difusión de información, documentación y material propio de la UNED al que ha tenido acceso en razón de su trabajo y funciones con el añadido y agravante de otro material audiovisual ajeno al grabado por la Universidad y sin posibilidad de conocimiento por ésta de su existencia.»
¿Qué decir ante semejante sarta de… de… de cargos?
Que nos parece una canallada intentar manipular con las fechas de publicación de un blog, muy clarito en este aspecto. Las fechas de las entradas o posts aparecen arriba y no abajo, cuando en un mismo día, se escriben dos posts, también. La fecha en la que incrustó el video es, por tanto, el 7 de julio y no el 6 de junio, fecha de la entrada anterior del blog. La expedientada lo único que hizo ese día fue ir a Canal UNED, copiar el código EMBED que ofrece la propia web y pegarlo en su blog.
Si se hubieran fijado un poquito más (o simplemente hubieran preguntado a la interesada) se habrían dado cuenta de todo esto en lugar de acusar a una mujer embarazada de haber publicado un video antes de su emisión. Primero, documéntense sobre la diferencia entre «subir un video» e «incrustar un video». Segundo, antes de acusar, investiguen e instrúyanse sobre el tema, porque después puede parecer que los instigadores de este expediente tienen o muy mala intención o una ignorancia supina en referencia al funcionamiento de internet, los blogs, las redes sociales, es decir, eso que llaman la Web 2.0. Las acusaciones son muy graves y están causando una gran ansiedad a nuestra compañera delegada embarazada. No hay derecho a jugar con la vida de las personas de esta manera. No somos mercancía en manos de empresarios y rectores.
Que la UNED ya fue informada de que el video estaba INCRUSTADO de Canal UNED, no alojado ni subido en el blog, cuando nuestra compañera fue citada a declarar ante el Instructor (26/09/2011), ya que cuando fue preguntada sobre si pidió permiso para su inclusión, respondió que «Canal UNED permite que se incruste en cualquier blog los contenidos que están colgados». Vuelve a informar el 21 de octubre en las alegaciones: «el video puede ser visionado porque está alojado en la WEB del propio Canal UNED, que permite a través de la pestaña EMBED copiar el código y ponerlo en cualquier blog». El tema es como para que nuestra compañera pierda la cabeza y termine por no entender nada o con una crisis de ansiedad. ¿Hay alguien que entienda algo? Sí, sólo buscan amedrentar a una trabajadora combativa e intachable en sus funciones, en su momento más especial y sensible: su embarazo.
CARGO TERCERO (Va desde suspensión de empleo y sueldo con duración máxima de 6 años al apercibimiento).
«La inclusión de contenidos, añadidos o anexos a la entrevista de otro material distinto al grabado por el CEMAV añade descrédito a la imagen de la UNED porque nos encontramos con una adición de manifestaciones anexadas sin su consentimiento, e incorporadas a los canales de difusión de la propia Institución, de tal forma que no es reprochable por su contenido en si sino porque aparece ante quienes las vean, ante el exterior de la Universidad, como si fuesen sus propias opiniones, dando así la imagen de una Institución que no está de acuerdo con su propio actuar. Por lo que respecta al grado de participación, la interesada no sólo es autora de los hechos sino que para consumarlos utiliza la actividad de un compañero al que instruye sin advertir de la trascendencia de los actos, conducta a la que se une la falta de advertencia a los superiores jerárquicos. Todo ello implica una ausencia de aplicación del principio de buena fe, lo que implica conforme se ha explicado anteriormente respecto al segundo de los cargos un incumplimiento de las obligaciones contractuales de la trabajadora.»
Que, sin entrar en más detalles, sólo diremos que el uso de imágenes grabadas de internet es totalmente normal en todos los medios de comunicación del siglo XXI, le pese a quien le pese, mucho más cuando se trata de imágenes sobre acontecimientos reales, libres de derechos de autor y que permiten su libre distribución y descarga.
Que, a pesar de la confusa redacción de los cargos 2 y 3, el video emitido en La 2 en el programa de la UNED del 24 de junio es el mismo que el que se puede ver en Canal UNED y, por tanto, el mismo que está incrustado en el blog.
Para hilar más fino, afirmamos:
Que el 22 de julio la delegada de la sección de CNT y redactora pidió explicaciones sobre la desaparición del video del portal de la UNED en RTVE y en Youtube y no obtuvo ninguna respuesta. Por cierto, todavía espera respuesta sobre el video de «Armas bajo control», para que los telespectadores que pudieron verlo en La 2 el día 15 de julio (con repetición el 17 de julio) puedan enlazarlo en sus blogs con libertad, tal y como se puede hacer con el resto de videos emitidos. Nos referimos a este video: http://www.uned.es/cemav/boletin/2011/20110712-20110718_38.pdf
Que vemos muy malas intenciones en que la primera noticia de todo este asunto haya sido a través de un pliego de cargos de un expediente disciplinario que se recibe el 13 de octubre, cuando la entrevista a D. Luis Abril y la jornada de grabación de la cátedra UNED-Telefónica se produjeron el 2 de junio. ¡Cuatro meses y medio después!
Que nuestra compañera está cargada de buena fe en el ejercicio de su trabajo, en la difusión de la información veraz y plural pero también cargada de buena fe en su faceta anarcosindicalista como ya sabe la UNED, que se negó a readmitirla durante meses, después de ser declarado su despido nulo. Fue despedida por haber denunciado la cesión ilegal de trabajadores que se estaba produciendo en la UNED, en la que se estaba financiando a una productora audiovisual que se limitaba a realizar los contratos de trabajo del personal y la universidad aportaba todo lo demás: cnt-layaproducciones.blogspot.com
Que nuestra compañera, como todos los trabajadores que formamos esta sección sindical, estamos cargados también de buena fe en la defensa de una universidad pública de calidad que sirva para estimular mentes críticas y aportar conocimiento, una universidad que no esté al servicio de los intereses de empresas privadas o bancos sino al servicio de la sociedad, que es la que por ahora la financia. Estamos cargados de buena fe y coherencia con nuestras ideas, por eso, miembros del sindicato CNT, ejerciendo en su tiempo libre el sindicalismo y su libertad, repartieron este panfleto a las puertas del acto de la cátedra UNED-Telefónica: http://cntuned.blogspot.com/2011/06/piquete-contra-acto-de-telefonica-en-la.html. Todavía es legal repartir panfletos en la calle.
Con la llegada de internet, la posibilidad de censura es muy limitada. Por si alguien no se había dado cuenta, estos tiempos terminaron, tanto en el campo social como en el periodístico:
Ver vídeo 1
(Por cierto, lo que acabamos de hacer es un ejemplo de «embed» o incrustación de Youtube en este blog. El video sigue alojado en los servidores de Youtube, no aquí. Si Youtube lo borra, aquí veremos una ventana vacía. Nunca te acostarás sin saber una cosa más. ¡Y sin necesidad de grandes conocimientos de informática!)
Tampoco vivimos en la Rusia de Stalin, época en la que este dictador decidía borrar el pasado a su antojo, como cuando eliminó del metraje original de la película Octubre (encargada a Serguei M. Eisenstein en 1927) a todos los dirigentes del partido que él consideraba «enemigos del pueblo», como Trotsky.
Ver vídeo 2
Por último, VOLVEMOS A EXIGIR EL ARCHIVO INMEDIATO DEL EXPEDIENTE DISCIPLINARIO y que se depuren las responsabilidades pertinentes, en cuanto al organismo o personas que han abierto y mantienen abierto este expediente, por todo el daño físico y psicológico que se está provocando a nuestra compañera embarazada y a su hijo. La UNED está mostrando de nuevo cuál es su concepto de Responsabilidad Social Corporativa y la CNT no dejará de denunciarlo publicamente.¡SOLIDARIDAD CON TANIA, COMPAÑERA EXPEDIENTADA!¡BASTA DE ACOSO EN LA UNED!¡SI TOCAN A UNA NOS TOCAN A TODAS!¡CONTRA LOS INTENTOS DE COARTAR LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN!¡BASTA DE REPRESIÓN SINDICAL!Quien quiera exigir esto al Rectorado puede hacerlo aquí:gabineterector@adm.uned.esrector@adm.uned.esTel: 91 398 8571